Viabilizan unión libre entre personas del mismo sexo

por Lubomir Endara Sánchez

La Paz, 21 marzo 2023 ° |Los magistrados de la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) finalmente publicaron la Sentencia Constitucional Nº 0577, que viabiliza el matrimonio entre personas del mismo sexo en Bolivia. Los dos magistrados que analizaron el caso y emitieron un fallo dividido, por lo que la causa fue dirimida por el presidente de la máxima instancia constitucional, Paul Franco.

“Conceder en parte la tutela impetrada, respecto del derecho al debido proceso en sus componentes de fundamentación, motivación y congruencia y, a la igualdad; y, los principios de favorabilidad, pro homine, progresividad y a no ser discriminados, en razón a la orientación sexual e identidad de género; disponiendo dejar sin efecto la resolución de la Dirección Nacional Sereci 002/2019 de 11 de septiembre ce 2019; debiendo emitirse una nueva de acuerdo a los fundamentos jurídicos establecidos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional”, señala en el primer punto del documento emitido por el TCP.

El documento está fechado el 22 de junio de 2022, pero su contenido recién será notificado a las partes. La acción judicial es la culminación de un proceso iniciado en 2018, cuando David Aruquipa y Guido Montaño presentaron una impugnación ante el Servicio de Registro Cívico (Sereci), que se negaba a documentar su matrimonio.

En julio de 2018, el Servicio de Registro Cívico (SERECI) de Bolivia se negó inscribir a una pareja del mismo sexo con carácter de unión civil. La pareja inició un procedimiento administrativo para contrarestar la decisión que meses despues el SERECI reconoció la unión de Aruquipa y Montaño, una pareja gay, en diciembre de 2020, en cumplimiento de una orden judicial.

El registro civil de La Paz afirmó que, para reconocer la unión civil de la pareja de lesbianas, se debe esperar hasta que el Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia analice la decisión del tribunal inferior que ordenó que el SERECI inscribiera a Aruquipa y Montaño.

El fallo preliminar subió en consulta al TCP, donde luego de dos años se emitió la sentencia constitucional que ahora puede ser invocada por la comunidad Lgbti para hacer valer su derecho al matrimonio.

De acuerdo con el artículo 137 del Código de Familia, “el matrimonio y la unión libre son instituciones sociales que dan lugar al vínculo conyugal o de convivencia, orientado a establecer un proyecto de vida en común, siempre que reúnan las condiciones establecidas en la Constitución Política del Estado, conllevan iguales efectos jurídicos tanto en las relaciones personales y patrimoniales de los cónyuges o convivientes, como respecto a las y los hijos adoptados o nacidos de aquellos”.

Se aguarda que el pronunciamiento de la Defensoría del Puebloy la Conferencia Episcopal Boliviana (CEB) en realización a la sentencia que legaliza la unión libre entre personas del mismo sexo.

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